miércoles, 20 de mayo de 2009

Fallo de ANFP por Violencia en San Carlos


Hay un interesante fallo del Tribunal de Penalidades de la ANFP que condena a la UC por la violencia en contra de los simpatizantes de la UE.
Por vez primera, hay una sensación de justicia en el castigo a un club que hace rato perdió el control de la seguridad en su estadio.
Sin embargo, hay detalles finos que no escapan a los ojos de un avezado observador y que siguen reflejando el amiguismo que hay en este fútbol chileno, que trata de resolver sus dramas sin dejar heridos y sin cortar de raíz lo que está podrido y terminará por afectar a todos.
Un fallo que por tratar de no ser demasiado perjudicial a Universidad Católica, y con ello evitar un juicio público sobre el propio tribunal, queda bien con moros y cristianos a riesgo de la credibilidad del propio tribunal.
Se atenúa el caso, primero, castigando a la víctima Unión Española, sin considerar para nada el caso de extrema necesidad que vivían los hinchas de dicho club al ser violentados y, antes, al no reparar sobre la increíble omisión del árbitro que en su informe original dice que no hay incidentes en un partido que, a simple vista, hay pedradas, lanzamiento de proyectiles a la cancha, etc.
Pero lo más increíble es que para aplicar la pena atenuada, a un reincidente, se valore una mera promesa de futuras e inciertas obras que hace Universidad Católica en el juicio. Es decir, prometer que se hará en el futuro todo lo que había que hacer, es una atenuante o, en su caso, una eximente de responsabilidad en el fútbol chileno que tiene más valor en el peso de la prueba y en la fijación de la pena que el mismo daño que produjo la conducta desviada que se ha prometido enderezar con dicha promesa.
Entonces, lo menos que procede es que se vigile el cumplimiento de esas promesas ya que el Tribunal no le pone plazo o apercibimiento a su eventual incumplimiento.
Es más, el Tribunal de Penalidades es moralmente solidario de los compromisos asumidos por la Universidad Católica recogidos por el fallo en su considerando segundo: "este tribunal pondera y considera los compromisos asumidos ...... en virtud del cuál se compromete a una serie de medidas para mejorar y reforzar la seguridad de su recinto deportivo, tales como el tratamiento de las zonas perimetrales (mediante pavimentación, jardines y cierros que conduzcan la circulación), cierre de los vértices de la cancha con matetrial continuo transparente, el aumento de la altura de los cierros, nuevos sistemas de grabación de imágenes y otras similares, las cuáles se ofrecen implementar alguna de ellas antes de la realización del más próximo partido en que el equipo profesional deba intervenir en cualquier Torneo Oficial de Primera División"
Del seguimiento de la suerte de este fallo, podremos deducir si en la benevolencia del tribunal o en la omisión increíble del informe del árbitro hay ponderación y ecuanimidad o simplemente quiebre de las normas del fair play por otros actores del fútbol chileno que no entran a la cancha pero que influyen en el juego.

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